Condenan a imputado por abuso sexual de su conviviente en Puerto Aysén

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Tras una acusación de la Fiscalía Local de Aysén-Cisnes, fue condenado a 4 años de presidio efectivo, es decir que deberá cumplir en la cárcel, un imputado de 22 años por el delito de abuso sexual cometido en contra de su pareja en horas de la madrugada del día 11 de julio del año pasado en Puerto Aysén.

“Estos hechos habrían ocurrido en el transcurso del año pasado en la ciudad de Puerto Aysén y se ventilaron dentro de un trasfondo de una agresión sexual perpetrada en un marco de violencia intrafamiliar, por quien fuera el ex marido de la víctima”, explicó el fiscal jefe de Aysén-Cisnes, Pedro Poblete Viejo.

“Con el mérito de la prueba rendida, el tribunal solamente se forjó convicción de la existencia de un delito de abuso sexual. La Fiscalía había acusado por un delito abuso calificado, pero conforme a ello estableció una pena de cuatro años de presidio menor en su grado máximo, pena que deberá ser cumplida de manera efectiva por el acusado y le serviría de abono el período cercano a un año que ha permanecido privado de libertad como objeto de una medida de prisión preventiva”.

HECHOS

De acuerdo a los hechos establecidos en la investigación donde participó Carabineros de la Segunda Comisaría de Puerto Aysén, la Brigada de Delitos Sexuales y el LACRIM de la PDI, el 11 de julio de 2024, a las 01:00 horas aproximadamente, en el interior del domicilio que ambos habitaban, el acusado mientras se encontraba en el dormitorio junto a su conviviente y madre de un hijo en común, la insultó y exigió mantener relaciones sexuales, tras lo cual efectuó diversas acciones violentas y abusivas en su contra.

En este caso también se efectuaron peritajes por parte del Servicio Médico Legal, los cuales fueron expuestos en el juicio y la Unidad de Víctimas y Testigos de la Fiscalía también tomó contacto con la afectada para prestarle apoyo y orientación.

Además, el Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal ordenó el ingreso de la huella genética del sentenciado en el Registro de Condenados.

Al no concurrir los requisitos establecidos en la Ley Nº 18.216, no se le concedió al imputado la pena sustitutiva para el cumplimiento alternativo de la pena impuesta. La sentencia fue dictada por la sala única del Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Coyhaique.

 

Fuente: Fiscalía Aysén

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