TOP DE COYHAIQUE CONDENA A 3 AÑOS Y UN DÍA DE LIBERTAD VIGILADA INTENSIVA A AUTOR DE APROPIACIÓN INDEBIDA

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Junto con saludar se remite comunicado de prensa. (Cuña en audio magistrada Mónica Coloma). 

TOP DE COYHAIQUE CONDENA A 3 AÑOS Y UN DÍA DE LIBERTAD VIGILADA INTENSIVA A AUTOR DE APROPIACIÓN INDEBIDA

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique condenó a Pablo Javier Araya Chávez a la pena de tres años y un día de presidio en calidad de autor del delito de apropiación indebida de $45.227.778 de la empresa Servicios Marítimos Norte-Sur Limitada. Ilícito perpetrado entre 2013 y 2016, en la comuna de Guaitecas.

En fallo unánime (causa rol 31-2020), el tribunal –integrado por los jueces Mónica Coloma Pulgar (presidenta), Pablo Freire Gavilán y Rosalía Mansilla Quiroz (redactora)– aplicó, además, a Araya Chávez las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena; más el pago de una multa de 21 UTM (unidades tributarias mensuales) y las costas del juicio.

Durante el cumplimento de la libertad vigilada intensiva “el sentenciado deberá sujetarse a un programa de actividades orientado a su reinserción social en el ámbito personal, comunitario y laboral, a través de una intervención individualizada, y permanecerá sujeto a las condiciones del artículo 17 de la ley 18.216, esto es residencia en un lugar determinado, sujeción a la vigilancia y orientación permanente de un delegado por el periodo fijado y ejercer una profesión, oficio, empleo, arte, industria o comercio, bajo las modalidades que determine el plan de intervención”, ordena el fallo.

Además, el tribunal impuso al sentenciado como condición especial “de acuerdo a lo previsto en la letra c) del artículo 17 ter de la misma ley, durante todo el tiempo de la pena sustitutiva deberá cumplir la obligación de mantenerse en su domicilio durante un lapso de seis horas diarias”, entre la medianoche y las seis de la mañana.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que entre enero de 2013 y diciembre de 2016, Araya Chávez aprovechando que se “desempeñaba como jefe de operaciones y administración de la empresa Servicios Marítimos Norte-Sur Limitada, con oficina en la localidad de Melinka, comuna de Las Guaitecas, se apropió de dineros de propiedad de la referida empresa, que se encontraban bajo su administración, transfiriendo desde la cuenta corriente número 62037609 del banco BCI, de la que es titular la referida sociedad, hacia su cuenta personal número 970977465 del banco Scotiabank, un monto de $45.227.778 irregularmente, los que justificó con supuestos pagos de impuestos por la empresa”.

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