CORTE DE COYHAIQUE CONFIRMA CONDENA DE 10 AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO POR HOMICIDIO SIMPLE

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La Corte de Apelaciones de Coyhaique confirmó la sentencia que condenó a Luis Isaías Badilla Vergara a la pena efectiva de 10 años y un día de presidio, en calidad de autor del delito consumado de homicidio simple. Ilícito perpetrado en diciembre de 2018, en sector rural de la comuna.

En fallo unánime (causa rol 145-2019), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros José Ignacio Mora, Pedro Castro y el abogado (i) Luis Contreras– rechazó el recurso de nulidad presentado por la defensa en contra de la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique.

“La conclusión a la que arribaron los sentenciadores lo fue en orden a que adquirieron la convicción, más allá de toda duda razonable, de que realmente se cometió el hecho punible objeto de la acusación y que en él correspondió al acusado una participación culpable y penada por la ley, como expresamente lo mandata el artículo 340, del Código Procesal Penal., cuestión que el recurrente derechamente obvia”, sostiene el fallo.

La resolución agrega que: “Con lo razonado precedentemente, entonces, debe concluirse que la Sala Única del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique, en la sentencia y en lo impugnado, ha aplicado, también, correctamente el derecho y con absoluto respeto al contenido de la sentencia, según lo dispuesto en el artículo 342, letra c), en relación al artículo 297, ambos del Código Procesal Penal, por consiguiente, el presente recurso que pretende su anulación no puede prosperar”.

Por tanto, concluye que: “SE DECLARA SIN LUGAR Y SE RECHAZA el recurso de nulidad deducido por la Defensoría Penal Pública, en contra de la sentencia dictada con fecha 12 de Noviembre del año 2019, en cuanto se condenó al imputado Luis Isaías Badilla Vergara, a la pena de diez años y un día de presidio mayor en su grado medio, con las accesorias correspondientes, por su responsabilidad en calidad de autor de un delito de homicidio simple, en grado de consumado, cometido el día 8 de Diciembre del año 2018, en esta comuna, en la persona de Benedicto Eladio Badilla Vergara, sin beneficios de la Ley N° 18.216”.

Fuente : PJUD Aysén

 

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