AGRESORA QUE ATACÓ A DIRECTORA DE LA CORPORACIÓN CULTURAL DE COYHAIQUE DEBERÁ ALEJARSE POR UN AÑO

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“Fijar domicilio e informar al ministerio público de cualquier cambio” además del “alejamiento por un año de la víctima y de su lugar de trabajo” es la salida alternativa intermedia de Suspensión Condicional prevista en el art. 237 Código Procesal Penal a la cual llegó el Juzgado de Garantía de Coyhaique luego que Lorena Moya, reconociera haber realizado amenazas y agresiones a la directora de la Corporación Cultural Municipal de Coyhaique, Carolina Rojas. La Audiencia que se llevó a cabo con la presencia de la parte querellante, la Municipalidad de Coyhaique, pone fin a un hecho que ocurrió el sábado 25 de mayo de este año y que alcanzó, inclusive, una connotación noticiosa nacional.

Alejandro Huala, alcalde de Coyhaique, que condenó rotundamente los hechos de violencia ocurridos en mayo de este año y anunció en su momento acciones judiciales, valoró la decisión de tribunales e insistió en que apoyarán a todo y todas las funcionarias que sean víctimas de vulneración de derechos. “Valoramos el fallo de tribunales y señalamos categóricamente que primero, nunca deben ocurrir hechos como estos, en ninguna otra institución, pública o privada; nadie puede ser expuesto a una agresión. Segundo, mientras sea alcalde, voy a velar para proteger los derechos de todas y todos nuestros trabajadores y para que nunca más le pase esto. Como autoridades debemos tener la capacidad para que nuestra gente pueda desarrollar sus labores con seguridad y en forma tranquila”.

Finalmente, la audiencia que se llevó a cabo con la presencia del querellante, la Municipalidad de Coyhaique, la fiscalía representada por fiscal  Luis González, la víctima, la imputada Lorena Moya y su abogado defensor, llegó al acuerdo entre fiscal y la imputada que fue aprobado por el Juez de Garantía, por el Delito amenas simples, previsto y sancionado en el artículo 296 N° 3 del Código Penal y la Falta de Lesiones Leves, prevista y sancionada en el artículo 494 N° 5 del código penal.

Fuente: Corporación de la Municipalidad de Coyhaique

 

 

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