A Sala proyecto que aumenta sanciones a quienes agredan a funcionarios de la Salud y de la Educación

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La iniciativa aumenta las penas para los agresores y también establece la obligación de los jefes de recintos, directores y sostenedores de presentar las denuncias respectivas ante los tribunales.

Un aumento de las sanciones que se aplicarán a los delitos de amenazas y agresiones contra los funcionarios y profesionales de la salud y de la educación, tanto pública como privada, aprobó la Comisión de Constitución del Senado, por lo que la iniciativa quedó en condiciones de ser analizada por la Sala.

El proyecto, que cumple su segundo trámite, fue objeto de varias modificaciones con el fin de perfeccionar algunos aspectos que podría prestarse para confusión y al mismo tiempo incorporar nuevas normas para fortalecer la iniciativa, tales como la obligación de los jefes, directores y sostenedores de presentar las denuncias respectivas ante tribunales.

Según explicó el presidente de la comisión, senador Felipe Harboe, con este proyecto “va a aumentar el nivel de protección de los funcionarios de la salud y también de educación que muchas veces sufren agresiones con ocasión del desarrollo de sus trabajos”.

Precisó que “se aumentan las penas, se establece la obligación de denuncia tanto de los directores de establecimiento como en el caso de los servicios locales de educación, y eso significa que va a haber una protección mayor desde el punto de vista jurídico y operativo porque además se habilita para poner, por ejemplo, detectores de metales en los establecimientos de salud, así que  es un proyecto que se hace cargo de problemas que tienen los trabajadores de salud y de educación”.

En lo fundamental, este proyecto protege a los profesionales y funcionarios de los establecimientos de salud públicos o privados, y a los profesionales y funcionarios de los recintos de educación públicos o privados, ya sea al interior de los lugares de trabajo y también fuera de ellos, cuando las agresiones sean cometidas por razón de sus cargos.

El criterio que se estableció es que los jueces deberán aplicar el grado máximo de las penas contempladas dependiendo del delito que se trate y de ahí, considerar las atenuantes, si las hubiere.

 

Fuente: Senado de Chile

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